En julio de 2012 el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas presentó un proyecto de documento final relativo al derecho de los pueblos y las personas a la solidaridad internacional en el que se define tal derecho, se establece su marco normativo y directrices básicas. Posteriormente, la experta independiente de Naciones Unidas para los derechos humanos y la solidaridad internacional, Virginia Dandan, en abril del pasado año presentó al Consejo de Derechos Humanos el informe en el que analiza cómo debe interpretarse el término “solidaridad internacional” como principio fundamental del derecho internacional, en el contexto de la propuesta de un proyecto de declaración relativo al derecho de los pueblos y las personas a la solidaridad internacional. Se trata de un paso importante para lograr que la solidaridad internacional sea reconocida como derecho humano.
El término solidaridad se oye en ámbitos muy diversos, se malinterpreta constantemente y su significado se tergiversa. Conviene recordar el principio del filósofo romano Terencio: “Hombre soy y nada de lo humano puede resultarme ajeno”, principio que se ha considerado el fundamento de la solidaridad, que parte de la sensibilidad del ser humano y reacciona ante la injusticia de forma racional. La solidaridad como opción por la justicia no está muy arraigada; sin embargo, en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos aparece la solidaridad en diversos tratados en los que se recogen los fundamentos, los valores y las normas que constituyen la base para el reconocimiento del derecho a la solidaridad internacional que la sociedad civil está reclamando desde hace tiempo.
[quote_right]La solidaridad parte de la sensibilidad del ser humano y reacciona ante la injusticia de forma racional[/quote_right]
Virginia Dandan afirma que uno de los pilares de la solidaridad internacional es la Declaración Universal de los Derechos Humanos y subraya que “es un concepto fundamental del esfuerzo mutuo entre personas, grupos y naciones, un vínculo esencial que sustenta las alianzas internacionales, un factor crucial de la erradicación de la pobreza y un componente indispensable de los esfuerzos encaminados a la realización de todos los derechos humanos”.
La solidaridad internacional debe ser un principio primordial en el que se base el derecho internacional contemporáneo, según la propuesta de proyecto de declaración relativo al derecho de los pueblos y las personas a la solidaridad internacional, cuyos objetivos de equidad, igualdad de resultados, sostenibilidad, seguridad, justicia social y emporaderamiento se apliquen a todos los países por igual. La solidaridad internacional aboga por un cambio transformador que incluye la sostenibilidad de las relaciones internacionales -especialmente las económicas-, la coexistencia pacífica, las asociaciones en condiciones de igualdad y la distribución equitativa de beneficios y cargas.
En la mencionada propuesta de declaración se define el derecho a la solidaridad internacional como “un derecho humano fundamental en virtud del cual todos los seres humanos y todos los pueblos tienen derecho a beneficiarse por igual y sin discriminación de una sociedad internacional armoniosa, con un orden político y económico internacional justo y equitativo, en la que puedan ejercerse plenamente todo los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
Con todos esos mimbres, la organización ICID (Iniciativas de Cooperación Internacional para el Desarrollo) promueve una campaña para conseguir la declaración relativa al derecho de los pueblos y las personas a la solidaridad internacional y se nos pide que firmemos el manifiesto y difundamos la campaña para recoger firmas. Cuantas más, mejor. La declaración de un nuevo derecho humano bien vale nuestra firma.
Información relativa a la ONG, a la campaña y el manifiesto se puede consultar en: https://derechoalasolidaridad.org/campana/manifiesto/
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