Matrimonio

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Foto. David J Laporte CC.Cuando una pareja nos comenta que va a casarse, a la mayoría nos pasa por la mente el modo o la forma de hacerlo. Según el grado de confianza que tengamos con dicha pareja, les preguntamos si lo van a hacer por la Iglesia o por lo civil, dependiendo de si la ceremonia se va a celebrar en un lugar dedicado al culto o en otro considerado idóneo por la autoridad civil.

Como bien sabemos, hay otra manera de iniciar una vida a nivel de convivencia como pareja, por cierto, cada vez más extendida entre la gente joven, al menos en nuestro país, que consiste sencillamente en una decisión por parte de ambos de comenzar a compartir sus vidas en un lugar distinto e independiente, siempre que las circunstancias lo permiten, del de los padres o familiares más allegados. Algunas de estas parejas acaban elevando su compromiso a nivel de pareja de hecho cumpliendo con los requisitos que mandan las leyes civiles. Otras, en cambio, prefieren mantener su decisión a nivel de compromiso mutuo entre los dos, sin que exista ningún documento o rito que lo avale públicamente.

He hablado de casarse por la Iglesia y no por cualquier otro tipo de religión por una razón tan obvia y simple como es el hecho que en nuestros país, según los acuerdos del año 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede, el matrimonio eclesiástico tiene automáticamente validez civil; no así el celebrado según el rito de cualquier otra religión.

Todo esto, ¿por qué? Si no recuerdo mal, el artículo 1.625 del Código de Derecho Canónico dice que los ministros del sacramento del matrimonio son las personas contrayentes. Y, por supuesto, la materia esencial para que exista dicho sacramento y, por lo mismo, matrimonio, es el amor. Por tanto, lo esencial es el amor; todo lo demás, como es la celebración en la iglesia en este caso, tendría que quedar relegado a un segundo lugar, aunque, según el Derecho Canónico, no es así.

Sea como fuere, no puedo por menos de decir que me cuesta muchísimo entender cómo la Iglesia parece dar más importancia al lugar y a la celebración del ritual que a lo que de verdad es esencial y constitutivo del matrimonio, como es el amor.

Ya sé que significa ponerme el Derecho Canónico por montera, pero me da igual. Para mí existe matrimonio allí donde existe amor; me refiero al caso de la pareja evidentemente. Y, por lo mismo, no existe matrimonio donde el amor brilla por su ausencia. Tanto da si el matrimonio se ha celebrado por la Iglesia, por lo civil o, sencillamente, la pareja ha hecho en conciencia un compromiso mutuo de quererse. ¿O es que el lugar donde se celebra y la persona que lo preside pueden ser más importantes que la conciencia de la propia pareja?

Que después una pareja creyente quiere dar un sentido de fe a su compromiso de amor por medio de una celebración religiosa, me parece perfecto; pero no al revés: intentar suplir con un ritual religioso un amor que tantas veces no existe o que es inmaduro a todas luces. No debemos olvidar lo que decía san Pablo a aquellos primeros cristianos y cristianas de la comunidad de Corinto: “El amor no pasa nunca” (1Cor 13,8a).

Le iría muy bien a la Iglesia, en este caso por lo que al matrimonio se refiere, adelantarse a pedir al poder civil la revisión de dichos acuerdos. Es decir, que toda pareja que quisiera firmar un compromiso público lo hiciera sometiéndose a las leyes que el derecho civil establece para este tipo de contratos. Después, quienes lo quisieran, podrían celebrarlo según la propia religión o convicciones personales. Creo que ello ayudaría a clarificar bastantes situaciones que solo aportarían bien a toda la ciudadanía.

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